Clubes de Florida
Penas; Echevarne habilitado. Berrondo suspendido
RESOLUCIONES COMISIÓN DE PENAS DE FECHA 30 DE ABRIL DE 2014.
1. Juan Martínez del Club La Vascongada – un -1- partido (artículo 42 del C.P- doble amonestación).
2. Emiliano Berrondo, Preparador Físico del Club Tabaré – un -1- partido (artículo 21 del CP- protestas improcedentes).
3. Franco Pastorini del Club Atlético Florida –dos (2) partidos (artículo 22 del CP –protestas irrespetuosas).
4. Marcos De los Campos del Club River Plate – un -1- partido (artículo 42 del CP- doble amonestación).
5. Gerardo Rebollo, Director Técnico del Club 19 de Abril -un -1- partido (artículo 21 del CP – protestas improcedentes). (entrá y lee mas)
6. Marcelo Pereyra, Ayudante Técnico del Club La Vascongada -1- partido (artículo 21 del CP- protestas improcedentes).
7. Pablo Acosta, Kinesiólogo del Club Nacional – un -1- partido (artículo 31 del CP – injurias a un adversario).
8. Ramiro Rodríguez del Club San Lorenzo –dos -2- partidos (artículo 34 del CP- brusquedad contra un adversario).
9. Alexis Ippes del Club Quilmes –dos-2- partidos (artículo 34 del CP- brusquedad contra un adversario).
10.Brando Lorenzo del Club Atlético –dos -2- partidos (artículo 30 del CP, agresión a un adversario, con aplicación de la circunstancia atenuante prevista en el artículo 13 del CP, por tratarse de futbolistamenor de edad).
11.Patricio Martínez del Club Atlético – un -1- partido (artículo 31 del CP- injurias a un adversario).
12.VISTO –la solicitud de rehabilitación del futbolista Santiago Etchebarne formulada por el Club Libertad.
CONSIDERANDO – 1- Que los argumentos expuestos por el Club Libertad, por cuanto se ha acreditado que no existió “ánimo de agresión” por parte del futbolista, no mediando tampoco argumentos para disponer un agravamiento de la pena mínima prevista en el artículo 34 del CP. Asimismo, el futbolista ha cumplido la mitad de la pena impuesta.
2- Como consecuencia, esta Comisión hará lugar a la solicitud formulada, estimando razonable y fundada la petición efectuada, por la vía del artículo 19 del Código Procedimiento.
ESTA COMISIÓN RESUELVE – Dispónese la rehabilitación del futbolista Santiago Etchebarne del Club Libertad.
DR CIPRIANO CURUCHET.
Foto de Portada Emiliano Berrondo entrevistado por Jorge Perez de Piedra Alta FM

