Connect with us

TODO INTERIOR

#PENAS River vs Dep. Las Vías

Publicado

/

MG 0678

La Comisión de Penas resolvió las sanciones para los sucesos ocurridos en la final del fútbol de salón.

COMISION DE PENAS – LIGA DE FÚTBOL DE FLORIDA RESOLUCIÓN DE FECHA 31 DE JULIO DE 2026

VISTO: Los informes oficiales del encuentro entre los Clubes River Plate y Deportivo Las Vías, correspondiente a la final del torneo OFI de futbol sala 2026, donde se detallan hechos de violencia colectiva e invasión de campo que encuadran en las «Anormalidades en los espectáculos» (Art. 316 y ss. del Código de Penas).

RESULTANDO: I) Que, estando el partido por finalizar restando 4 segundos, el director técnico de Deportivo Las Vías invadió el campo, (siendo expulsado con roja) desencadenando una reacción violenta de los jugadores adversarios. II) Que se identificó a los jugadores de River Plate: Nº11 Martín Colombo, Stiven Mautone Nº 2, Juan Luján Nº12 y Maicol Montaño Nº 4 agrediendo físicamente al portero rival mientras este se encontraba en el suelo. III) Que el jugador Nº 7 Julián Parra (River Plate) propinó un puntapié a un rival caído, hecho de extrema gravedad. IV) Que se produjo una invasión generalizada de ambas parcialidades y la intervención de personas ajenas a la lista de juego, además de amenazas a personas que registraban los hechos, lo que derivó en la suspensión del partido por falta de seguridad.

CONSIDERANDO: I) Que el informe arbitral constituye el principal elemento de convicción en materia disciplinaria deportiva, gozando de especial fuerza probatoria en tanto no existan elementos objetivos que desvirtúen su contenido.

II) Que los hechos revistieron singular gravedad, alterando completamente el normal desarrollo.

III) que el partido fue suspendido faltando 4 segundos para su finalización.

VI) Correspondería expulsiones a los jugadores identificados en el punto 2 y 3 por los hechos mencionados, provocando inferioridad numérica produciendo la finalización del partido.

RESUELVE:

1°) dar por finalizado el partido.

2º) Por los hechos descriptos se aplican las siguientes sanciones: Esteban Lorier Art. 285 (Desobediencia grave) ( un 1 partido)

Martín Colombo (Nº 11), Stiven Mautone (Nº 2), Juan Luján (Nº 12) y Marco Montaño (Nº4) de River Plate: Agresión según el Art. 291. ( Cuatro (4) partidos)

Julián Parra (Nº 7) de River Plate: el Art. 299, (dos (2) partidos)

Golero de las vias: art 272 eximente.

3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.

Advertisement
Noticias por fecha
agosto 2026
L M X J V S D
 12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31  
Advertisement [adrotate group="1"]
P