#CopaOFI
#COPAOFI. ¿Hay Tribunal? O… Ay Tribunal!!!
No sabríamos con cual quedarnos. Con interrogación o exclamación.
En el fútbol femenino se disputa un partido y resulta expulsada una jugadora.
En el Acta oficial de Encuentro referente a Expulsiones, el árbitro establece en CAUSAL (Descripción del hecho): “Doble amonestación, al retirarse se dirige con insultos hacia mi persona”.
Dicho encuentro se disputó el 21 de mayo de 2016. Por resolución dictada el 26 de mayo de 2016 por el Tribunal Arbitral de OFI, se dispuso la aplicación de una sanción a la jugadora de 4 partidos en aplicación de los artículos 35,41 y 18.
¿Discutible? Sí
El artículo 87 del Consejo Técnico – Sector Árbitros, establece claramente que los árbitros deberán solamente dejar constancia sumaria de los hechos ocurridos, estándoles vedados cualquier tipificación de la falta o valoración subjetiva de los sucesos.
Las palabras con que se insultó no están descritas y no se puede establecer el grado de leve, grave o muy grave, es más, si lo dicho por la jugadora tipifica como insulto. Estamos en una valoración subjetiva de los sucesos, lo cual está vedado al árbitro.
En otro partido del mismo torneo del fútbol femenino disputado el 19 de junio de 2016, son expulsadas tres jugadoras, todas por igual CAUSAL: Doble amonestación. Y en CONSTANCIAS DEL ARBITRO de la misma Acta Oficial de Encuentro, se expresa: “Dejo constancia que las jugadoras NN y MM EXPULSADAS AL RETIRARSE Y DESDE LA TRIBUNA INSULTAN, PROTESTAN Y AMENAZAN A LA TERNA”
El Tribunal Arbitral de OFI en fecha 23 de junio emite resolución de: 1 partido a cada una de las tres jugadoras, incluidas las dos denunciadas por insultos, protestas y amenazas.
La diferencia de criterio es enorme, groseramente enorme.
Más cuando ese mismo día 23 el Tribunal no dio lugar a rehabilitación de la jugadora mencionada al principio sancionada con 4 partidos.
CRITERIOS
El 26 de mayo se usó un criterio. El 23 de junio se usaron 2 criterios, el de mantener una sanción de 4 partidos a una, y el de sancionar por 1 partido a otras, correspondiendo a todas la misma sanción: o todas 4 partidos o todas 1 partido como se pretende.
Es insostenible este tribunal.
Da en el clavo, da en la herradura, da en el aire y creemos se ha dado en la cabeza, por eso las «lagunas mentales» que experimenta.
Jorge A. Benoit Assanelli
