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Tribunal de OFI desestima reclamo de Florida: Durazno sigue en carrera y el resultado se mantiene

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El fallo arbitral ratifica que la sanción del preparador físico Matías Zavala «no era trasladable a la Categoría Absoluta»

Por Redacción FutbolFlorida

El Tribunal Arbitral de la Organización del Fútbol del Interior (OFI) ha dictado sentencia definitiva respecto a la protesta presentada por Florida Capital contra Durazno Capital. Tras un detallado análisis reglamentario, el órgano resolvió no hacer lugar al reclamo de puntos, confirmando el resultado deportivo del encuentro disputado el pasado 22 de febrero.

 

El núcleo de la controversia

La Liga de Florida fundamentó su denuncia en la presunta inhabilitación del preparador físico de Durazno, Matías Nicolás Zavala Camarán. Según el reclamo, Zavala arrastraba una sanción de cinco partidos (de los cuales restaban cuatro) tras ser expulsado en un encuentro de la Categoría Sub 18 durante la temporada anterior. Florida sostenía que el hecho de figurar en «rojo» en el sistema COMET impedía su participación en cualquier categoría.

 

Los fundamentos del Tribunal

El fallo es contundente al separar las órbitas de las sanciones según la categoría donde se originan. Los puntos clave que definieron la resolución son:

  • Independencia de categorías: El Tribunal recordó que, según los artículos 274 y 313 del Reglamento, las penas deben cumplirse en el torneo o categoría donde se cometió la infracción. Al ser una sanción de Juveniles, no inhibía su actuación en la Selección Mayor.
  • Alcance reglamentario: Se ratificó que el artículo 308 (mencionado en el congreso de 2025) hace aplicables a los oficiales las mismas reglas que a los jugadores. Por ende, si un jugador no traslada penas de Sub 18 a Absoluta, un técnico tampoco.
  • La «confusión» del sistema COMET: El Tribunal admitió que el sistema informático marcaba a Zavala en rojo, pero aclaró que esto solo indica una «sanción pendiente» en general. No obstante, al filtrar por la Categoría Absoluta, el profesional aparecía habilitado ya que allí no computaba deuda alguna.

«El Tribunal habrá de rechazar la protesta… el marcado en rojo indica que el involucrado tiene sanción pendiente, nada más; otra cosa es si dicha sanción tiene incidencia para la Categoría en la que se está desempeñando».

 

Consecuencias inmediatas

Con este veredicto, se mantiene el marcador de 2 a 0 a favor de Florida obtenido en la cancha, pero se anula cualquier posibilidad de escritorio para el equipo de la Piedra Alta. Además, se dispuso que el depósito de dinero realizado por Florida para presentar la protesta pase a las arcas de la OFI, tal como lo estipula el reglamento para reclamos desestimados.

El debate sobre la reforma del Artículo 313 y concordantes del Reglamento de OFI ha cobrado fuerza tras este fallo. La controversia radica en si la «independencia de categorías» protege la justicia deportiva o si, por el contrario, genera una zona gris que premia la informalidad.

Entre reformar el reglamento o mantenerlo

¿Por qué se debería reformar el reglamento?

Coherencia Ética y Disciplinaria: Actualmente, un oficial puede cometer una falta grave (como una riña ) en una categoría y, apenas horas después, estar en el banco de suplentes de otra como si nada hubiera pasado. Una reforma podría establecer que las sanciones por conductas violentas inhabiliten al actor en todas las categorías de OFI de forma simultánea, priorizando la ejemplaridad del castigo sobre la división administrativa.

Transparencia y Claridad del Sistema COMET: El propio Tribunal reconoce que el sistema es «perfectible» y que genera «confusión» al marcar en rojo a personas que, bajo ciertas interpretaciones, están habilitadas. Reformar la norma para que el COMET sea el único «semáforo» absoluto (si está en rojo, no entra) evitaría reclamos de puntos que se resuelven en oficinas y no en la cancha.

Seguridad Jurídica para los Clubes: Florida basó su estrategia en la convicción de que una suspensión es una mancha total sobre la ficha del profesional. Una reforma que unifique los criterios evitaría que los sectores incurran en gastos de protesta (que terminan perdiendo ) por interpretaciones divergentes de un reglamento que el propio Tribunal admite como un «cuerpo orgánico» complejo de armonizar.

 


El argumento para mantenerlo como está

  • Especialización de la Pena: El reglamento actual entiende que los torneos Sub 18 y Absoluta son competencias diferentes. Bajo esta lógica, «pagar» una deuda en un torneo de mayores por un error cometido en juveniles sería injusto para la selección mayor, que no tiene responsabilidad sobre lo ocurrido en otra categoría.

     

  • Protección del Calendario: Dado que los torneos pueden no coincidir en fechas, una sanción «universal» podría dejar a un técnico fuera de actividad por mucho más tiempo del previsto originalmente si se le computan partidos de torneos que corren en paralelo.


Simplificar

La reforma parece necesaria no para «castigar más», sino para simplificar. Mientras el reglamento dependa de interpretaciones cruzadas entre los artículos 274, 308, 313 y 313 Bis, el fútbol del interior seguirá más pendiente de los tribunales que de los arcos. Una unificación de penas por conducta (especialmente en casos de violencia) daría un mensaje de integridad mucho más sólido

El COMET en rojo y la necesidad de una reforma de «sentido común»

El reciente fallo del Tribunal Arbitral de OFI sobre el caso Florida-Durazno no solo deja un resultado deportivo intacto; deja al desnudo una obsolescencia reglamentaria que urge ser revisada. La situación de Matías Zavala, preparador físico que participó en Categoría Absoluta estando «en rojo» por una sanción en Sub 18, es el ejemplo perfecto de cómo la burocracia puede devorarse a la lógica deportiva.

El «Semáforo» que no detiene a nadie

Resulta paradójico que el sistema COMET, diseñado para dar transparencia, marque a un actor en rojo y que, sin embargo, el reglamento permita que ese mismo actor entre a la cancha. El Tribunal admite que el sistema es «perfectible» y que puede conducir a una «idea errónea». Si el propio organismo reconoce que su herramienta de control genera confusión, es hora de que la norma se adapte a la tecnología y no al revés.

 

¿Por qué reformar los artículos 313 y concordantes?

  • Por Ética Deportiva: No tiene lógica que un oficial sancionado por «pelea o riña» (art. 298) sea considerado «peligroso» o «incapaz» para estar en el banco de una categoría juvenil, pero esté habilitado para la mayor. La conducta violenta debe ser sancionada de forma integral; el actor es el mismo, sin importar la edad de los jugadores a los que dirige.

     

  • Por Seguridad Jurídica: Florida basó su reclamo en el artículo 416 y en la visibilidad del sistema COMET. Una reforma que establezca que «toda sanción por partidos inhabilita en todas las categorías simultáneamente» eliminaría las interpretaciones cruzadas que hoy obligan a los tribunales a hacer malabares jurídicos entre los artículos 274, 308 y 313.

     

  • Para evitar el «Escritorio»: Mientras el reglamento permita estas zonas grises, los campeonatos se seguirán jugando en las oficinas de la calle Gutierrez Ruiz. Una unificación de penas haría que el COMET sea una herramienta definitiva: si está en rojo, no puede aparecer en acta de encuentro. Punto.

Conclusión

La OFI debe evolucionar hacia una sanción única por persona (oficial o jugador). Mantener la «independencia de categorías» solo fomenta que los sectores vivan en la incertidumbre y que el público pierda la confianza en la transparencia del sistema. El fútbol del interior necesita menos «matices» reglamentarios y más claridad absoluta.

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