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Clausura A

Penas. 2 años para Jonathan Rodriguez

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La expulsión a Jonathan Rodriguez

La expulsión a Jonathan Rodriguez. Dos años para Rodriguez 

TRIBUNAL DE PENAS PROMULGÓ LOS FALLOS
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN DE PENAS DE LA LIGA DE FÚTBOL DE FLORIDA DE 1° DE NOVIEMBRE DE 2016 (RIVER PLATE VS ESPAÑA)
VISTO: El partido disputado entre el Club Atlético River Plate y el Club Atlético España, con fecha 23/10/2016, donde a causa de una agresión el Sr. Juez suspendió el encuentro.
CONSIDERANDO : 1) Surge del formulario que el jugador del Club Atlético España, Sr. Jonathan Rodríguez agredió al árbitro central aplicándole un golpe de puño en el rostro provocando un corte en el pómulo derecho que ocasionó sangrado;
2) Con fecha 24 de octubre se presenta por nota ante la Liga de Fútbol de Florida el Sr. Martín Adib en representación de Loyalty SRL, encargada de la seguridad privada, expresó “ ante la desatención del Sr. Fontoura que se encontraba redactando los datos del jugador, desde atrás, el citado jugador lanza un golpe de puño que le produce un corte en el pómulo derecho”.
3) Se otorgó la vista correspondiente tanto al jugador como al Club España, se tomó declaración al Sr. Julio Fontoura y al jugador Jonathan Rodríguez luego de recibir sus descargos por escrito.
4) Que surge prueba contundente de que el jugador agredió físicamente al Sr. Juez del partido provocándole lesiones personales que incluso fueron constatadas por médico forense a raíz de la denuncia penal presentada por el Sr. Fontoura.
5) Que si bien técnicamente no puede computarse como antecedente, surge de la ficha del jugador que fue penado en abril de 2015 por el artículo 17 del Código de Penas (agresión frustrada a un árbitro), situación que no debe dejarse de apreciar.
6) Que el hecho encuadra en la figura prevista en el artículo 16 del Código de Penas (agresión grave a un árbitro).
ATENTO a lo expuesto:

LA COMISIÓN DE PENAS RESUELVE:
Suspender al jugador del Club Atlético España Sr. Jonathan Rodríguez por un plazo de 24 meses (agresión grave a un árbitro – artículo 16 del Código de Penas).

Dr. Ruben del Castillo Matos Sr. Mario Lapasta Passarella

Aguirre se va expulsado

Aguirre se va expulsado y le aplicaron 3 partidos

COMISIÓN DE PENAS
RESOLUCIONES DE FECHA 1º de NOVIEMBRE de 2016

PARTIDO: Club Atlético Libertad vs Club Atlético Avenida (Sub 17)
BRYAN CORUJO (Avenida): Suspensión por un (1) partido (injurias a un adversario – artículo 31 del CP).

PARTIDO: Club Atlético Tabaré vs Club Atlético Candil (Primera División)
MARCO FRABEGA (Tabaré): Suspensión por tres (3) partidos (injurias hacia el árbitro – artículo 18 del CP).

PARTIDO: Club Atlético Florida vs Club Nacional de Fútbol (Primera División)
LEANDRO MACARÍ (Nacional): Suspensión por un (1) partido (protestas irrespetuosas – artículo 22 del CP).

PARTIDO: Club Atlético Quilmes vs Club Social y Deportivo Alianza (Primera División)

VISTO: El partido disputado entre los clubes Quilmes y Alianza el 23/10/2016.
CONSIDERANDO: 1) Que surge del formulario que a instancias del primer asistente el Sr. Juez del partido expulsó al jugador de Quilmes, Sr. Sebastián Aguirre.
2) Que el club Quilmes presentó nota donde solicita que se pongan en conocimiento de la Comisión de Penas y del Colegio de Arbitros los hechos que detalla en la misiva.
3) Que a entender de esta Comisión la prueba ofrecida por el club Quilmes no es idónea para incidir en la decisión de la pena a recaer sobre el jugador en cuestión.
4) Que sin perjuicio de lo manifestado en el numeral anterior, la instrucción del procedimiento a efectos de determinar los hechos atribuidos al Sr. Diego Fagúndez (primer asistente del cotejo) corresponden exclusivamente al Colegio de Arbitros no teniendo competencia la Comisión de Penas.
ATENTO a lo expuesto:
LA COMISIÓN DE PENAS RESUELVE:

1) Aplicar las siguientes sanciones a los jugadores expulsados:
NICOLÁS MATO (Alianza): Suspensión por un (1) partido (doble amonestación – artículo 42 del CP).

SEBASTIÁN AGUIRRE (Quilmes): Suspensión por tres (3) partidos (injurias a un adversario en concurrencia con injurias hacia el árbitro – artículos 31 y 18 del CP).
2) Remitir los antecedentes al Colegio de Arbitros.

SUSPENDIDOS POR ACUMULACIÓN DE TARJETAS AMARILLAS

AL 1 DE NOVIEMBRE 2016

CLUB ATlÉTICO FLORIDA – FLORIDA

Pereyra Siré, Rodrigo Nahuel

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