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Ligas metieron a OFI en un callejón sin salida

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EL DESCONOCIMIENTO A UNA LEY COLOCA AL ÓRGANO RECTOR DEL INTERIOR AL FRENTE DE UN ABISMO

A veces uno se hace preguntas que no puede contestar, cuando dentro del colectivo del fútbol del interior pululan avezados, experientes y reconocidos hombres de Derecho que sería imposible que pudieran cometer un horror como el del fin de semana en el Congreso de Atlántida.

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Congreso de OFI. Foto Ecos Regionales

LA RESOLUCIÓN

i) EXIGIBILIDAD TITULO ENTRENADOR
1. Suspéndase hasta el día 1 de Octubre de 2024, la exigencia para el desempeño de la
función de entrenador de la licencia B Conmebol, Módulo II o Segundo Nivel con carácter general para todas las Ligas afiliadas a OFI.
2. Implementar que gradualmente, en forma progresiva, a medida que pase el tiempo y
que en más lugares se realicen cursos y que las Ligas tengan más capacitados, se establecerá la obligatoriedad conforme con el siguiente régimen:
a- Desde el 1 de Octubre de 2024 para categorías sub-14, sub-15, sub-16 y sub-17.
b- Desde el 1 de Octubre de 2025 para categorías sub-18 a sub-20.
c- Desde el 1 de Octubre de 2026 para categoría Absoluta.
3. Encomendar al Consejo Ejecutivo de OFI y al Consejo Técnico Sector Entrenadores a los efectos de que con la mayor celeridad posible se tienda a la implementación de un sistema que garantice mayor accesibilidad a los cursos de capacitación por parte de todas las Ligas afiliadas a OFI.
4. El Congreso Ordinario de OFI a celebrarse en el mes de Setiembre de 2024, establecerá la reglamentación, así como el régimen punitivo y sancionatorio aplicable en caso
de incumplimiento.

Ese es el texto que contraviene claramente la Ley 19828 a la que se le otorgó -en común acuerdo de AUDEF, FEDAFUIN y OFI- una prórroga por lo que debería comenzar a aplicarse el 1 de setiembre lo que dias antes por ante sí, el CE de OFI dispuso otro plazo.

En un hecho grave – al que los representantes de las Ligas de Flores y San José se opusieron vehementemente- que podría acarrear graves sanciones por parte de la Secretaría del Deporte, seguramente y a corto plazo las ligas deberán llamar a un Congreso Extraordinario para anular esa aberración poco creíble de los dirigentes del fútbol del interior.

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En nuestras viejas épocas de estudiantes de Derecho, el desconocimiento de una ley significaba:  que el derecho es conocido por todos y desde el momento en que entra en vigencia es obligatorio y que nadie podrá alegar ignorancia de la ley, a pretexto de no conocer el texto de la norma o su disposicion ateníendose a fuertes sanciones.

A modo de ejemplo, existe una norma que obliga a los deportistas federados a contar con el carné de Senade vigente para participar de las competiciones y carecer de ello implica pérdida de puntos. Si algún club no está en conocimiento de la misma, el que juegue contra el referido le reclamará los puntos. O más burdo, si se maneja un vehículo sin licencia de conducir está contraviniendo una ley y por lo tanto será pasible de sanciones.

Lo de las Ligas que en forma mayoritaria votaron ese anexo en el Congreso de Atlántida, quedará escrito en los anales de los errores históricos más grandes de la Organización de Fútbol del Interior. Ayer intentamos dialogar con el Presidente Sr Sebastián Sosa y no tuvimos respuesta.

Esta noche lo haremos con Gerardo Lorente de la Senade, porque las cosas son como son…

Jorge A. Benoit Assanelli

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